Normativa: Sobrepaso a ómnibus detenidos en paradas y preferencias de peatones

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Fuente de imagen: circulaseguro.com

En esta nota vamos a continuar analizando algunos artículos de las normativas de circulación vial que entendemos son fundamentales, pero que muchas veces son olvidadas o desconocidas por los conductores, incluso los profesionales. En particular nos interesa compartir qué dicen las normativas referido a como se debe sobrepasar a un ómnibus detenido en una parada, ya sea en ruta* ( donde rige el Reglamento Nacional de Circulación Vial- RNCV) o en Ciudad (tomando la Ordenanza de Montevideo a modo de referencia), cuando la parada está en la esquina.

«*Del RNCV: 1.2 Las Administraciones Municipales, dentro de sus respectivas jurisdicciones, establecerán las normas de tránsito complementarias y particulares a las fijadas por el Poder Ejecutivo de conformidad con lo establecidoen el presente Reglamento».

Antes, si analizamos la  Ley Nacional n° 18.191, el conductor debe tener la precaución que en los cruces peatonales (en calzadas con soble sentido de circulación) no se puede adelantar vehículos:

«Artículo 16.- De los adelantamientos,

5) El conductor de un vehículo, en una calzada con doble sentido de circulación, no podrá adelantar a otro vehículo cuando:

  1. A) La señalización así lo determine.
  2. B) Accedan a una intersección salvo en zonas rurales cuando el acceso sea por un camino vecinal.
  3. C) Se aproximen a un paso a nivel o lo atraviesen.
  4. D) Circulen en puentes, viaductos o túneles.
  5. E) Se aproximen a un paso de peatones.»

Luego, si vamos al RNCV, éste nos indica a qué velocidad se debe adelantar un ómnibus detenido para ascenso  o descenso de pasajeros, en la ruta:

«De las velocidades, 13.2 En carreteras y caminos, fuera de zonas urbanas y suburbanas la velocidad máxima, en condiciones óptimas de seguridad, será de:

2) cuarenta kilómetros por hora en las proximidades de:

  1. a) paso a nivel de ferrocarril con barreras;
  2. b) intersección u otro lugar, sin buena visibilidad;
  3. c) cruce peatonal señalizado;
  4. d) curvas señalizadas con ángulo recto;
  5. e) ómnibus detenido para ascenso o descenso de pasajeros.»

3) veinte kilómetros por hora:

  1. a) donde haya aglomeración de personas, especialmente durante la entrada y salida de alumnos a las escuelas;
  2. b) en las zonas limitadas con señales de «gente en obra», de no existir otra velocidad máxima señalizada;
  3. c) al acercarse a tropas de ganado que marchen sobre la faja de circulación o próximo a ellas;»

Como se lee claramente, la  normativa para rutas dice que a los ómnibus detenidos (para ascenso y descenso de pasajeros) se los debe sobrepasar a 40km/h. Además y en forma general,  especialmente en horario de entrada o salidas de escuelas se establece una velocidad máxima de 20km/h para la circulación en dichas zonas (escolares), haya o no ómnibus detenidos.

La Ordenanza de Tránsito de Montevideo, es más estricta (es Ciudad), indica que se debe detener la marcha si hay un ómnibus en una parada. Hay que considerar que muchas paradas ya no se encuentran en las esquinas (cruce peatonal):

«Art. D. 610.- Vehículos detenidos. Cuando un vehículo se detenga, o disminuya su velocidad, junto a un cruce peatonal, no podrá ser rebasado por otro vehículo que se acerque por detrás. Si el vehículo es un ómnibus detenido en una parada, para el ascenso y descenso de pasajeros, podrá ser adelantado con precaución, luego de haberse detenido junto a él y apreciado que no hay peatones cruzando la calzada.»

En el art. D. 642 la ordenanza indica otras precauciones a tener, y cuándo se debe circular a paso de peatón:

Art. D. 642.- Velocidad a paso de peatón. 

La velocidad de los vehículos debe reducirse a la de paso de peatón, en los siguientes casos:

a) Donde haya aglomeración de personas, especialmente niños.

b) Cuando haya aglomeración de vehículos que denoten problemas ajenos al flujo normal del tránsito.

c) Al alcanzar un vehículo de transporte colectivo de pasajeros u ómnibus escolar debidamente identificado detenido para el ascenso o descenso de pasajeros, pudiendo luego proseguirse con precaución.

En cuanto a la preferencia del peatón el D. 627 indica que en los CRUCES PEATONALES el peatón siempre tiene preferencia sobre el vehículo:

«Art. D. 627.- En las intersecciones, o en los lugares específicos para que los peatones crucen la calzada, cuando no haya semáforos o agentes de tránsito, o aquellos no estén funcionando, todo vehículo deberá ceder disminuyendo la velocidad o deteniéndose si fuere necesario, el derecho de paso al peatón que cruce la calzada. Esto rige aun en el caso de que el vehículo circule por vía preferencial.»

El siguiente mapa nos muestra los atropellamientos (leves, graves y fatales) de peatones en Montevideo, producidos en el año 2015:

peatones 2015 montevideo

Mapa generado con el Portal Geográfico Ciudadano de la UNASEV

 

Los peatones y su responsabilidad en rutas:

En cuanto a las precauciones que deberán tomar los peatones al cruzar una ruta, en el RNCV de las normas para los peatones, art. 11.5:

«Ningún peatón podrá ingresar súbitamente a la calzada.»

Queda claro que las normativas intentan proteger al peatón que es el usuario más débil de las vías de tránsito, por lo cual es responsabilidad de los conductores de vehículos automotores tomar las precauciones necesarias para evitar una situación de riesgo para el peatón. En la ordenanza de Montevideo queda claro en el «art. D.597: La inobservancia por los peatones a las disposiciones del presente Capítulo, no exime a los conductores de la obligación de poner el cuidado y la atención debidos para evitar accidentes, especialmente cuando se trata de niños o de personas manifiestamente confundidas o incapacitadas.»

No obstante, los peatones deben ser prudentes.

En el año 2014 el 17,3% de los fallecidos en accidentes de tránsito en Uruguay fueron peatones. En el 2015  representaron 16,4% del total.

 

 

Enlace de interés: nota a Arturo Borges, hablando de un accidente por sobrepaso a ómnibus detenido en esquina.

http://www.canal10.com.uy/arriba-gente/2011/danilo-tegaldo-junto-a-arturo-borges

 

Ley n°18.191

Reglamento Nacional de Circulación Vial

Ordenanza de Tránsito de Montevideo

Visita al Centro de Gestión de Movilidad

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Centro de Gestión de Movilidad

ANCOSEV fue invitada junto a otras organizaciones referentes en materia de Seguridad Vial en Uruguay, para conocer el nuevo Centro de Gestión de Movilidad (CGM) de la Intendencia de Montevideo.

El Ing. Boris Goloubintseff, director del CGM, explicó en líneas generales como funcionará este nuevo centro de control de tráfico en el departamento de Montevideo. El mismo además permitirá -ya lo está haciendo- tener datos certeros y reales de los flujos de tráfico, con lo cual se puede realizar mejor la coordinación de semáforos con funcionamiento adaptativo a demanda, por ejemplo.

 

cgm ancosev 2

De izq. a der.: Federico Ragni (ANCOSEV), Ing. Boris Goloubintseff (director del CGM), Javier Melián (ANCOSEV).

Desde ANCOSEV saludamos esta nueva herramienta de control y fiscalización, que sumada a otras intervenciones que se necesitan, esperamos ayuden a bajar los accidentes/siniestros de tránsito y sus consecuencias.

Agradecemos a Boris Goloubintseff, Pablo Montes de Oca (directores del CGM) y al director de Tránsito, Pablo Ferrer, por la invitación.

 

Por más información visite:

http://www.montevideo.gub.uy/centro-de-gestion-de-movilidad

Facebook del CGM:

https://www.facebook.com/imtransito/?fref=ts

 

Normas de seguridad para vehículos en Uruguay

Las normas de seguridad de vehículos en Uruguay se encuentran atrasadas.

Luego de promulgada la Ley N°19.061 en enero de 2013, que incluyó algunos requisitos mínimos de equipamiento de seguridad para los vehículos 0 km, de algunos segmentos, creemos oportuno realizar una actualización de la incompleta normativa vigente, dado que siguen entrando vehículos totalmente inseguros al país. Por ejemplo la exigencia de doble airbag, reglamentada como quedó en la Ley 19.061, no logra garantizar la seguridad de los usuarios del vehículo, dado que si la estructura de la carrocería es frágil, los airbags por sí solos no evitan las lesiones graves de los pasajeros.  Por eso se deben reglamentar e incluir determinadas normas que controlen aspectos como la estructura del vehículo, además de exigir equipamientos de seguridad  extras no contemplados en la Ley 19.061 y que están faltando. Esto no es una idea de ANCOSEV, sino que es lo recomendado por los organismos internacionales de los cuales Uruguay es parte. Ver documentos:

Decenio de Acción por la Seguridad Vial 2011-2020

Declaración de Brasilia (extracto)

 

Definitivamente decimos NO al “VALE TODO”.-

Una vez determinado que es necesario incorporar normas técnicas, cabe preguntarse cuales normas aprobar. ANCOSEV, recomienda  la adopción de normas ONU. Aprobar la validación de  todas las normas, sea cual sea su origen, no es un camino que permita avanzar en materia de seguridad vehicular, y mantener un adecuado control del cumplimiento y certificación de las mismas. Menos aún, puede dejarse librado el cumplimiento de las normas técnicas a lo que declare el fabricante o importador. Lamentablemente, algunos países de la región, han tomado el camino de “vale todo”, validando cualquier norma técnica, sumado además a quedarse con las declaraciones de las empresas.

Uruguay está rezagado respecto de la región, en lo referente a la incorporación de normas de impacto y ESP (Control Electrónico de Estabilidad):

En su momento se nos indicó que la idea era seguir al Mercosur. No estuvimos de acuerdo, pero ni siquiera eso se ha hecho, ya que por ejemplo Argentina y Brasil tienen exigencias de ensayo de choque frontal y ya hay un cronograma de inclusión obligatoria del Control electrónico de Estabilidad (ESP/ESC).(Click aquí, para cronograma impacto frontal, lateral y ESP, en Argentina, Brasil, Ecuador y México).

Desde ANCOSEV, siguiendo la recomendación de ONU y de Latin NCAP, consideramos que la única solución seria y viable, es la exigencia de normas ONU para los requisitos de seguridad en los vehículos automotores. En cuanto al control de dichas normas, las fábricas deberán certificar el cumplimiento de cada modelo en laboratorios homologados independientes, que expiden los certificados, válidos para determinados vehículos, identificados con sus números de chasis. En Uruguay solo habría que delegar en la Dirección Nacional de Aduanas el control de los números de chasis con los certificados de cumplimiento de normas ONU.

LA PROPUESTA DE ANCOSEV:

Por último, cabe preguntarse cuales normas ONU exigir. Estamos convencidos de que es necesario avanzar progresivamente y por eso planteamos que en una primera etapa, Uruguay debería exigir apenas 3 normas ONU: UN 94, UN 95 y UN13-H. Ellas son las relativas a impacto frontal, impacto lateral y control electrónico de estabilidad (ESP). También sería bueno que se incluyera la protección de peatones, norma UN 127. Asimismo, a fines del año pasado presentamos a UNASEV un cronograma tentativo de aplicación de estas normas, que puede consultarse haciendo click aquí.

OMISIÓN DE LAS AUTORIDADES URUGUAYAS:

En nuestro país, UNASEV no tiene potestad para dictar normas, pero puede asesorar y proponer las mismas. Consideramos absolutamente injustificado que UNASEV no haya elevado un proyecto de norma ampliando las exigencias de la Ley n° 19.061.

Consideramos también que la Ministra de Industria, Ing. Carolina Cosse y el Presidente de la República, Dr. Tabaré Vázquez, deberían tomar cartas en el asunto y cumplir con lo recomendado por Naciones Unidas y demás organismos internacionales de los que Uruguay es parte.

Sabemos, y no negamos que el problema mayor está en los conductores y en la falta de fiscalización de infracciones, pero no por eso debemos olvidar los otros pilares que conforman la Seguridad Vial, entre ellos contar con Vehículos más Seguros. A principio de este año pudimos ver en varios choques de autos seguros vs autos inseguros, como en los primeros los pasajeros salieron ilesos o heridos leves mientras que en los vehículos inseguros, los pasajeros fallecieron o quedaron heridos graves.

En resumen, apoyamos y hemos promovido todos los avances que se procesan en materia de fiscalización, así como las exigencias más estrictas para obtener licencias,  pero también los autos deben ser SEGUROS. Hoy no lo son en su inmensa mayoría, porque el estado uruguayo no exige a los importadores de vehículos, la adopción de normas actualizadas en la materia. Esta falta de exigencia a la hora de importar vehículos, permitiendo el ingreso de vehículos muy inseguros, más todas las demás falencias en seguridad vial tiene un enorme costo en vidas y lesionados para la sociedad uruguaya, además de un enorme costo económico, que se estima en un 3% o más del PBI.

Ley n°19.061

Propuestas para Camino Maldonado

Camino Maldonado antes de Chacarita de los Padres. quien puede imaginarse reducción de senda sin aviso y columna con flechas2

Camino Maldonado es una de las principales vías de ingreso y egreso a Montevideo. Suma además la circulación de muchos vehículos de carga, que provienen de las rutas 8 y 102 (Perimetral), y de otras arterias que confluyen en las anteriores.

Cuando se analizan algunos puntos conflictivos que nos provee el Portal Geográfico Ciudadano de la UNASEV, señalados como puntos rojos viales (lugar o zona de muchos accidentes) nos encontramos que casualmente están en puntos de un diseño inseguro y mejorable.

sinatran camino maldonado 05 2014 a 05 2015b

Siniestros, período de mayo 2014 a mayo 2015

 

Punto 1 – Al circular hacia el centro, en la esquina de Andres Lerena Acevedo ocurre una reducción de carriles (pasan de 3 a 2) sin aviso.

camino y chacarita 2ad

En este caso hay un agravante que genera mayor peligro, y es la existencia de una columna sobre el borde del cordón en la esquina, que queda justo frente a la senda de circulación anulada:Camino Maldonado y Chacarita de los Padres. reducción de senda sin aviso y columna con flechas2

En este caso además la reducción de sendas se da solo en un tramo de 100 metros o menos, en la curva, luego se vuelve a una vía de tres sendas, aunque la tercera se utiliza para estacionamiento.

google maps curva camino maldonado y chacarita de los padres 2

Punto 2 – Si observamos en el mapa inicial con los puntos de más accidentes, el marcado con el número 2, es el cruce de Camino Maldonado y calle Florencia:

caminno maldonado y florencia

En la imagen anterior vemos que se permite el giro a la izquiera y en «U» (no hay carteles que lo prohiban), pero en ninguno de los sentidos hay un angostamiento de cantero para que quienes pretenden hacer el giro puedan salir de la vía y no queden obstaculizando el tránsito, con el peligro de ser embestidos desde atrás o generar un choque. En Camino Maldonado, esta situación se repite en varias interrupciones del cantero central donde se permite girar. Si se considera que el cantero no se puede cerrar se debería crear la respectiva bahía de espera/senda de frenado.

Punto 3 – Camino Maldonado y Susana Pintos.

susana pintos y camino maldonado

En este punto también se producen muchos accidentes como nos indica el registro del SINATRAN. Al observarlo no nos llama la atención ya que presenta varios peligros viales:

– Por la calle Susana Pintos hay un continuo tránsito queriendo ingresar a Camino Maldonado, que en sentido al centro deberá atravesar Cno. Maldonado.

– También vemos la misma situación anterior: se permite el giro en U (en dos cortes de cantero) y no hay senda o bahía de espera.

– Existe una parada en la esquina de Camino Maldonado con Susana Pintos, que debería estar alejada de la esquina.

– A todo esto hay que sumarle un detalle que no es menor: un monolito obstaculiza la visión y puede ocultar a un motociclista, por ejemplo (ver círculo amarillo en la siguiente imagen):

camino maldonado y susana pintos

Por lo anteriormente detallado consideramos se deben realizar intervenciones para mejorar la infraestructura y señalamiento vial. ANCOSEV recomienda a la división Tránsito:

* Las reducciones de carriles deben señalizarse verticalmente (con carteles) y horizontalmente (con pintura en pavimento) con la anticipación adecuada. En este caso de Cno. Maldonado y Lerena, a futuro se podría completar la senda faltante al no existir edificaciones que lo impidan.

*Remover columna en Andres Lerena, hacia el borde opuesto de la acera u otra ubicación alejada.

*Prohibir giros a la izquierda y/o en U, en donde sea posible.

* Si no es posible prohibir giros o cerrar los canteros centrales -que es lo ideal muchas veces- porque es imposible canalizar el tránsito por otras vías, es importante implementar las respectivas sendas de frenado/bahías de espera.

*Reforzar la señalización de cruce peatonal en Florencia y Susana Pintos, incluso habría que analizar si es posible colocar alguna valla de contención (siempre que no se obstaculice la visión de los conductores que pretenden girar a la izquierda o en U) para obligar a los peatones a cruzar solo en donde sea seguro.

*Remover monolito ubicado en cantero central, en Susana Pintos.

* Remover paradas, alejándolas de las esquinas.

Normativa: Parabrisas polarizados

En esta nota hablaremos de los polarizados de los vidrios en los vehículos y qué dicen las normativas nacionales al respecto.

«Ordenanza de tránsito de Montevideo:

Art. R. 424.79.2.-De los cristales. Los elementos transparentes que constituyen la parte exterior de todo vehículo deberán ser de características tales que, en caso de rotura, el peligro de lesiones corporales quede reducido al mínimo posible. Los cristales de parabrisas deberán estar hechos de una sustancia cuya transparencia no se altere con el tiempo y que no deforme la visión de los objetos observados a través de los mismos ni la anulen en caso de rotura.

Art. R. 424.79.3.- Se prohibe la colocación de elementos que dificulten la visual del parabrisas. Unicamente se admitirá en el parabrisas delantero el uso de una visera contra la radiación solar, de una faja de no más de 15 cms.

Art. R. 424.79.4.- Se admitirán láminas de control solar en vidrios laterales de conductor y acompañante hasta una graduación máxima de humo 23.

Art. R. 424.79.5.- Se admitirán láminas de control solar en vidrios y parabrisas traseros, así como también en furgones y cajas de carga de graduación superior. En caso de colocarse las mismas en parabrisas traseros se exigirá la instalación de espejos retrovisores a ambos lados del vehículo.

Art. R. 424.79.6.- En todos los casos, las empresas responsables de la aplicación de las láminas de control solar deberán poner entre la película y el cristal un sello de identificación con los datos de la firma y aclaración si el tono aplicado está autorizado por la I.M.M.»

En este caso se deja claramente reglamentado qué se permite y qué no. Parabrisas polarizados están PROHIBIDOS, por lo cual los vehículos que presentan esta modificación al parabrisas original deberían ser sancionados y retenidos hasta que se les quite el elemento polarizado.

Reglamento Nacional de Circulación Vial, no es tan claro como la ordenanza de Montevideo, ya que en el mismo no se especifica que es lo «autorizado por la autoridad competente», no obstante se indica que «Los cristales de parabrisas deberán estar hechos de una sustancia cuya transparencia no se altere con el tiempo y que no deformen la visión de los objetos observados a través de los mismos»

«10.17 Los elementos transparentes que constituyen parte exterior de un vehículo y tabiques interiores de separación deberán ser de características tales que, en caso de rotura, el peligro de lesiones corporales quede reducido al mínimo posible. Los cristales de parabrisas deberán estar hechos de una sustancia cuya transparencia no se altere con el tiempo y que no deformen la visión de los objetos observados a través de los mismos ni la anulen en caso de rotura.

Los vehículos no podrán llevar letreros o materiales no transparentes, ni materiales que modifiquen su transparencia, en los parabrisas, vidrios laterales o traseros, excepto los autorizados o dispuestos por la autoridad competente.»

 

El tener un vehículo con un polarizado muy oscuro y encima si el parabrisas está polarizado, complica y puede también poner en peligro la tarea de los funcionarios de Policía de Tránsito que no ven con facilidad al conductor. No por casualidad muchos países prohíben -incluso- el polarizado de las ventanas delanteras (España, por ejemplo). En la siguiente imagen se puede ver un vehículo que ya viene equipado con el polarizado de fábrica.

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CÓDIGO DE TRÁFICO Y SEGURIDAD VIAL (España)

 «Artículo 19. Visibilidad en el vehículo.

  1. La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos. Únicamente se permitirá circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias.No obstante, la utilización de láminas adhesivas en los vehículos se permitirá en las condiciones establecidas en la reglamentación de vehículos.La colocación de los distintivos previstos en la legislación de transportes o en otras disposiciones deberá realizarse de forma que no impidan la correcta visión del conductor.
  1. Queda prohibida, en todo caso, la colocación de vidrios tintados o coloreados no homologados.
  2. Las infracciones a las normas de este precepto serán sancionadas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 67.2 del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial.»

En Estados Unidos, dependiendo del Estado hay diferencias de % de tintado (oscurecimiento) de las láminas de los polarizados, pero generalmente exigiendo tintes más claros en las ventanas delanteras.

NOTA IMPORTANTE: **Instalaciones antirreglamentarias (como polarizar un parabrisas) pueden hacer perder la cobertura del seguro.**

En ANCOSEV, opinamos que de ninguna manera el parabrisas debe ir polarizado. En las ventanas delanteras se debería cumplir una normativa como la de Montevideo en todo el país.

 

Reunión con División Tránsito de Canelones

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de izq. a der. en la foto: Marcelo Metediera, Manuel da Fonte, Julio Berges y Omar Rodriguez.

El pasado 17/05/2016 ANCOSEV se reunió con autoridades de la Dirección General de Tránsito y Transporte de la Intendencia de Canelones. Por la Intendencia participaron el Director General Marcelo Metediera y el Director de Tránsito y Seguridad Vial Omar Rodríguez Velazco. Por ANCOSEV participaron Manuel da Fonte, Julio Berges y Ricardo Mujica.

ANCOSEV, como ha hecho previamente con la División Tránsito de Montevideo, y luego con el MTOP, en esta oportunidad realizó una serie de propuestas sobre Vías Seguras para el departamento de Canelones.

Los Directores se mostraron muy dispuestos e interesados en continuar trabajando con ANCOSEV y nos dieron un paneo general de los planes para el período. Muchas de las ideas son compartidas por ambas partes.

Desde ANCOSEV les deseamos total éxito y nos comprometimos a aportar lo que esté a nuestro alcance.

Propuestas Vías seguras ANCOSEV para Tránsito Canelones: click aquí
Recomendaciones para reductores de velocidad prefabricados y cruces sobre elevados: click aquí
Fuente de imágen vista previa de nota:
http://archivo.presidencia.gub.uy/fotos/banco/2005/febrero/20050224ag.JPG

Propuestas para Rambla en Malvín

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(Texto : Manuel da Fonte) – PRESENTAMOS MULTIPLES SITUACIONES QUE GENERAN INSEGURIDAD  EN LA RAMBLA DE MALVÍN Y COMO CORREGIRLAS

PUNTO 1 –  Cerrar ingreso y egreso por las calles Missisipi, Missouri y Estrazulas.

El tramo entre la calle Gallinal y Michigan, ambos cruces semaforizados, que permiten ingresar a la rambla en ambos sentidos en el primer cruce, y hacia el centro en el segundo caso, es un tramo con solo 2 carriles o sendas de circulación.

rambla de malvin 02

En la vía hacia el centro, hay 3 calles que salen o ingresan a la rambla en este tramo entre dos cruces con semáforos.  Estas entradas o salidas generan situaciones riesgosas en forma innecesaria, dado que hay a unos 100 o 200 metros,  cruces para ingresar o egresar de la rambla que están semaforizados, por lo cual debería cerrarse el ingreso o egreso a la rambla en estas tres calles: Missisipi, Missouri, y Estrázulas.

En particular, la calle Estrázulas, que es flechada hacia la rambla, determina el ingreso a la misma en sentido Oeste en zona de dos carriles, y luego de una curva. No tiene sentido mantener este ingreso, de una calle secundaria, dado que 100 metros más adelante se puede ingresar desde Michigan, que tiene semáforos, y que a partir de la misma la rambla pasa a tener tres carriles o sendas de circulación.  Por lo tanto podría hasta quedar sin semáforo, y mantener el tránsito hacia el centro por los dos carriles que ya venían circulando, y dejar el tercer carril en forma exclusiva para los que ingresan a la rambla. Esta misma solución ya se aplica en la rambla del Buceo, en la bajada de Bvar. José Batlle y Ordoñez, en sentido oeste, frente al Museo Oceanográfico.

 

PUNTO 2 –  Reducción  de número de sendas o carriles de circulación sin señalización horizontal ni vertical.

rambla malvin 01

Se debe señalizar con claridad el cierre de carriles de circulación, marcando con pintura reflectiva en el pavimento cual carril se cierra y debe ceder el paso, y cual continúa y mantiene la preferencia de circulación.

Ejemplos:

– Rambla y Michigan hacia el este pasa de 3 a 2 carriles:

rambla y michigan 03

– Rambla y Rimac hacia el este pasa de 4 a 3 carriles:

rambla y rimac 04

– Rambla e Hipólito Yrigoyen hacia el centro pasa de 4 a 3 carriles, con parada de bus en la esquina donde se cerró el cuarto carril. No es entendible que se permita estacionar en Rambla entre H. Yrigoyen y Yacó o Santiago de Anca, dado que quita un carril adicional, haciendo que en realidad en el cruce con H. Yrigoyen se pase de 4 a 2 carriles, lo cual demora mucho el tráfico hacia el centro a partir del semáforo. Es un sinsentido, dado que en la cuadra siguiente se prohíbe estacionar. En 300 metros tenemos 4 carriles, luego 2 carriles, luego 3 y luego nuevamente 2, circulando en sentido centro.

rambla irigoyen

PUNTO 3 –  Cierre de sendas de frenado y salida de la rambla metros antes del cruce

En general en las vías de tránsito de cierta velocidad, se agrega una senda adicional de desaceleración o frenado, unos metros antes de la salida o cruce, para que los vehículos puedan  reducir la velocidad y frenar sin interferir con el tránsito que sigue por la vía rápida o principal.

En la rambla de Malvín -también en la rambla y Av. Bolivia- observamos lo contrario, sin que podamos entender por qué razón es así. Las sendas de desaceleración o frenado se cierran o desaparecen unos pocos metros  antes del punto de salida o cruce.

En la Rambla e H. Yrigoyen en sentido Oeste, hay cuatro sendas que al llegar al cruce se cierra la cuarta senda, cuando debería mantenerse para habilitar por ella el giro a la derecha para tomar por H. Yrigoyen. Para complicar más se colocó la parada de ómnibus  en la propia esquina, ocupando la tercera senda, por lo cual de cuatro sendas, si hay un bus en la parada, quedan solo dos habilitadas en sentido centro.

En la Rambla y Amsterdam, en sentido centro, se repite igual situación. Se pasa de 3 a 2 carriles antes del cruce, y se coloca la parada de bus en la esquina, donde quedan solo 2 carriles de circulación.

 

Estas propuestas y otras más para la rambla, se presentaron en la División Tránsito.

Propuestas rambla de Malvin – mayo 2016

 

 

Sistemas de Protección para Motociclistas (SPM)

En algunas rutas de nuestro país desde hace un tiempo se está viendo una mejora en cuanto a las protecciones laterales para despistes o salidas de ruta en zonas peligrosas, pasando de los clásicos -pero poco seguros- mojones de hormigón (imagen A) a sistemas de barreras con guardarraíles (imagen B).

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Imagen A – Postes de hormigón

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Imagen B – Guardarrailes

Sin embargo, los guardarraíles de un solo cuerpo (como los que mostrados en la imagen anterior)  constituyen un peligro para un motociclista si éste se accidenta y golpea con los pilares que sostienen el guardarraíl:

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Motociclista contra poste (fuente de imagen)

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Motociclista contra poste (fuente de imagen)

 

En España, Asociaciones de motoristas/motociclistas entendían que se los debía proteger mejor, y luego de varios años de presión y de fallos judiciales a favor de accidentados, se diseñó -y se creó una norma para tal fin- un agregado para la parte baja de la barrera de contención, cuando solo se colocan guardarraíles de un cuerpo, o de 2 cuerpos pero separados del pavimento. Estos agregados metálicos, son conocidos como Sistemas de Protección para Motoristas (SPM). Los criterios técnicos y de seguridad de los SPM se determinan con la norma UNE 135900. Su forma es básicamente la siguiente:

 

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Guardarraíl con agregado de SPM (fuente imagen: practicatest.com)

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Seguridad extra (fuente de imagen: mutuamotera.blogspot)

El uso de los SPM, de norma española, se han ido extendiendo a otros países europeos. Desde ANCOSEV creemos que el agregado del SPM aporta mucho a la seguridad de los motociclistas, sin desconocer que también debe ir acompañado de otras mejoras que se necesitan en la red vial para eliminar otros elementos extremadamente peligrosos para los vehículos en general, pero más para las motociclistas, como son: columnas expuestas, postes de hormigón de señalizaciones horizontales, cordones altos, delimitadores de carril elevados, reductores de velocidad («lomos de burro») de subida abrupta, etc.

 

Documentos para descarga:

http://www.elenaltda.com.uy/18webtest/wp-content/uploads/2016/04/04_v_jornada_policies_evolucion.pdf

http://www.elenaltda.com.uy/18webtest/wp-content/uploads/2016/04/05_implantacion_spm_carreteras_calzada_unicaa.amengual.pdf

http://www.elenaltda.com.uy/18webtest/wp-content/uploads/2016/04/españaOC352014.pdf

http://www.elenaltda.com.uy/18webtest/wp-content/uploads/2016/04/broschuere_motorrad-fahren_en.pdf

http://www.elenaltda.com.uy/18webtest/wp-content/uploads/2016/05/Safe_barriers-Final-report.pdf

 

 

Enlaces de interés:

http://www.circulaseguro.com/guardarrailes-asesinos-la-culpa-es-del-estado/

http://www.masmoto.net/actualidad-seguridad-vial/guardarrailes-motoristas-claves/

http://solomoto.es/1/barcelona-instala-spm-en-los-polemicos-guardarrailes-de-gran

http://www.carreteros.org/normativa/barreras/barreras.htm

http://solomoto.es/1/solicita-la-proteccion-de-los-guardarrailes-de-tu-poblacion

http://www.moterosdesalamanca.com/punto_encuentro/spe/spm.htm

http://www.elmundo.es/elmundomotor/2009/08/21/seguridad/1250852346.html

* Fuente de imagen de portada previa: soymotero.net

 

 

Normativa: Distancias de seguridad y estacionamiento en rutas

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Fuente de imagen: La Republica

Conocer las normativas de tránsito vigentes es fundamental para tener una buena Seguridad Vial. Sin embargo muchas veces, algunos conductores, incluso profesionales, se olvidan de algunos detalles o lo hacen por imprudencia. Independientemente del motivo, como hemos hecho en artículos anteriores, referidos a normas vehiculares, desde ANCOSEV también pretendemos abordar normas directamente relacionadas a la circulación en sí, para seguir generando conciencia y buenas prácticas de conducción.

En este artículo nos centraremos en dos puntos donde, principalmente los camioneros, no siempre toman los recaudos necesarios:

1 – El circular varios semirremolques «pegados» uno detrás de otro (sin guardar una distancia adecuada), lo cual está prohibido. Incluso en la normativa, si son de Transporte forestal, se especifica la distancia mínima que deben mantener.
2 – El estacionar sobre una esquina, y muchas veces en rutas, donde hay espacio de sobra, en lugar de estacionar después del cruce, estacionan antes, bloqueando la visión de los vehículos que pretenden ingresar a la ruta.

1 – Circulación de vehículos sin guardar distancia
Del RNCV (Reglamento Nacional de Circulación Vial):

«12.9 – Un vehículo que circule detrás de otro deberá conservar, respecto del que va adelante, una distancia de seguridad tal que garantice su detención oportuna cuando el que le precede reduzca intempestivamente su velocidad. Dicho espacio, en carreteras y caminos, deberá ser además suficiente para que un tercer vehículo que intente adelantar pueda ocuparlo sin peligro, salvo en casos de congestionamiento.»

Si son camiones o remolques de transporte forestal, se deben cumplir los siguientes requisitos:

«22.18 El transporte de productos forestales por medio de camión, remolque o semirremolque, que transiten en vías de tránsito de jurisdicción nacional deberá ajustarse a lo siguiente:
a) el transporte por carretera de productos forestales deberá cumplirse en el marco de lo dispuesto por el Reglamento de Límites de Pesos para Vehículos que circulan por Rutas Nacionales (Decreto Nº 326 /986 y modificativos), en vehículos especialmente diseñados para tal fin o con unidades destinadas al transporte de cargas en general.»
b) Los vehículos que transporten productos forestales circulando uno detrás de otro, deberán conservar una distancia de seguridad mínima de 100m. entre ellos posibilitando el adelantamiento de otros vehículos que circulen en el mismo sentido….»

2 – Estacionamiento obstaculizando la visión en rutas.

camion mal estacionado

Camión estacionado antes del cruce, obstaculizando visión de quién ingresa a la vía (fuente de imagen: ANCOSEV).

RNCV, Del estacionamiento:
«18.3 En carreteras y caminos se prohíbe detener o estacionar vehículos sobre la faja de circulación y banquinas. En casos de emergencia se hará sobre las últimas, en forma transitoria, en lugares alejados de: puentes, viaductos, túneles, alcantarillas, intersecciones, pasos a nivel de ferrocarril, cruces peatonales, curvas, cimas de repecho y todo otro lugar de visibilidad reducida donde obstruya la visión de los señalamientos o que ofrezca peligro. En caso de estacionamiento, se asegurará la total inmovilidad del vehículo con los frenos y, si es necesario, por calces, que luego deberán ser retirados. Se balizará el vehículo en forma reglamentaria.»

En futuras notas seguiremos repasando artículos de las normativas de tránsito, sobre todo aquellos que los conductores no recuerdan, aunque deberían, ya que cuando se otorga un permiso de conducir se supone que se conoce la reglamentación.

Reglamento Nacional de Circulación Vial

Resultados Latin NCAP – Nuevo protocolo 2016 (01)

chevrolet sail 2016 lndec

Chevrolet Sail. La marca sigue sin considerar la seguridad en los modelos más accesibles comercializados en la región.

El día de hoy se dieron a conocer los primeros resultados  con el nuevo protocolo de puntuación de LatinNCAP.

En esta oportunidad los modelos evaluados fueron la Ford Ranger y el Chevrolet Sail y sus respectivos resultados fueron:

 

latin 01 2016

**El Chevrolet Sail comercializado en Uruguay, a diferencia con el testeado dispone de airbags frontales. No obstante, como se detalla en las conclusiones, el ensayo demuestra que el habitáculo no protege adecuadamente a los pasajeros.

Comunicado de Latin NCAP:

 «Nuevos resultados de Latin NCAP: otro cero estrellas de Chevrolet y Ford Ranger logra tres estrellas para ocupante adulto

14 de abril de 2016

Los últimos resultados de las pruebas de choque del Programa de Evaluación de Vehículos Nuevos para América Latina y el Caribe, Latin NCAP, continúan exponiendo a algunos fabricantes de automóviles que ofrecen niveles de seguridad de peligro de riesgo de vida, así como el progreso otros. Estos resultados son los primeros en presentarse bajo el nuevo y más exigente protocolo de evaluación de vehículos, presentado recientemente. Los resultados muestran a la pick up Ford Ranger alcanzar tres estrellas para la protección de ocupante adulto y un decepcionante cero estrellas para la protección de ocupante adulto del Chevrolet Sail. En esta oportunidad los modelos evaluados y sus respectivos resultados fueron:

 

 El Chevrolet Sail es un sedán compacto muy popular en el mercado de América Latina y el Caribe. La unidad probada por Latin NCAP fue producida en China y ensamblada en Colombia. El Sail obtuvo cero estrellas para protección de ocupante adulto y dos estrellas para protección de ocupante infantil. La estructura de este vehículo fue catalogada como inestable y no es capaz de soportar cargas mayores. El conductor obtuvo lecturas de lesiones de riesgo de vida en la cabeza y en el pecho. El pecho del pasajero mostró compresión cerca del límite permitido. Las lesiones del conductor explican las cero estrellas y por esta razón el impacto lateral no se llevó a cabo, ya que el resultado hubiese seguido siendo de cero estrellas en protección de ocupante adulto. El Sail ofrece anclajes ISOFIX para los sistemas de retención infantil (SRI) que se utilizaron para la prueba, que en combinación con los SRI, ofrece una protección razonable a los ocupantes niños. Sin embargo, el Sail no ofrece cinturones de 3 puntos en todas las posiciones, lo que evita que el modelo gane puntos como obtuvo de otras características como los anclajes ISOFIX. Las instrucciones insuficientes, las fallas de instalación de SRI y la ausencia de cinturones de tres puntas en todos los asientos hicieron que el Sail perdiera puntos.

 

 La recientemente lanzada Nueva Ford Ranger producida en Argentina, alcanzó tres estrellas para protección de ocupante adulto y cuatro estrellas para protección de ocupante infantil. La pick up fue sometida a pruebas de impacto frontal y lateral y en ambos casos ofreció buena protección para ocupantes adultos e infantiles. La Ranger ofrece anclajes ISOFIX, cinturones de tres puntos en todos los asientos y la posibilidad de desactivar el airbag cuando se instala un SRI mirando hacia atrás en el asiento del acompañante. Lamentablemente la Ranger no ofrece Control Electrónico de Estabilidad (ESC) como equipamiento estándar y cumpliendo con los requisitos de Latin NCAP. El ensayo de poste no se realizó. Estos dos motivos explican por qué la Ranger no pudo lograr un mejor resultado para la protección de ocupante adulto.

María Fernanda Rodríguez, Presidente de Latin NCAP dijo: «Estoy sorprendida de que seguimos encontrando modelos cero estrellas por parte de Chevrolet en el mercado latinoamericano. Mientras que otros fabricantes han mostrado una mejora en el transcurso de los últimos cinco años, los modelos de GM siguen decepcionando. Latin NCAP se ha comprometido a lograr vehículos más seguros de América Latina y vamos a seguir probando, informando a los consumidores y señalando las carencias de GM, así como de otros fabricantes de automóviles, hasta que se logre un cambio».
Alejandro Furas, Secretario General de Latin NCAP dijo: “Latin NCAP está preocupado por los bajos niveles de seguridad ofrecidos por los modelos de Chevrolet que han sido probados por Latin NCAP lo largo de los cinco años del programa. Especialmente porque Chevrolet ofrece buenos niveles de seguridad a precios asequibles en otros mercados. Latin NCAP se preocupó aún más después de las últimas declaraciones de María Barra de GM en Davos, donde se negó a comprometerse a ofrecer bolsas de aire como equipamiento estándar para los consumidores latinoamericanos. Latin NCAP le reclama fuertemente a Chevrolet seguir el ejemplo de Honda, Toyota o VW, que ofrecen niveles de seguridad por encima de los requisitos mínimos gubernamentales en América Latina. Como líderes del mercado GM debería estar haciendo lo mismo».
Latin NCAP se complace en anunciar que los próximos resultados de pruebas de choque serán presentados en el mes de Junio.
Nuevos Protocolos de Evaluación
En 2016 Latin NCAP ha introducido una expansión significativa de las evaluaciones de los vehículos. Los requisitos son ahora más exigentes para lograr mejores resultados de estrellas. Los vehículos cuatro y cinco estrellas necesitan contar con ESC y superar la prueba de rendimiento. Los vehículos cinco estrellas son los que muestran un buen desempeño en impacto frontal, lateral, poste y pasan la prueba ESC. Los vehículos cuatro estrellas tienen que mostrar un buen desempeño en impacto frontal y lateral y pasar la prueba ESC. Todos los modelos deben tener un buen desempeño en impacto lateral con el fin de mantener el mismo nivel ofrecido con el protocolo anterior. Los vehículos que muestran rendimiento de cero estrellas en las prueba de impacto frontal o lateral tendrán un resultado total de cero estrellas. El impacto lateral cuenta ahora también con SRI y dos dummies niño como en la prueba de impacto frontal, que son evaluados con el fin de comprobar la protección ofrecida a los ocupantes niños en impactos laterales.» (Latin NCAP).

Enlace a publicación de LatinNCAP : click aquí